Qué te obliga a hacer
Lo que pide la norma, en sus términos.
- 01Que el sistema informático de facturación garantice la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación (Ley 11/2021, art. 29.2.j de la LGT; RD 1007/2023).
- 02Que cada factura genere un registro con huella y cadena, con la posibilidad de enviarlo a la AEAT en el momento (modalidad Verifactu) y con un código QR en la factura (RD 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024).
- 03Que el software esté adaptado y declarado por su fabricante: la responsabilidad del sistema es de quien lo desarrolla y de quien lo usa.
Plazos
1 ene 2027
El Real Decreto-ley 15/2025 (BOE de 3 de diciembre de 2025) aplazó la obligación: 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. El marco antifraude de la Ley 11/2021 y el reglamento siguen vigentes; el aplazamiento da tiempo, no elimina la obligación.
Qué hacemos nosotros
Cómo ayuda tener ese documento respondido con la página.
- [1]El manual del nuevo programa de facturación, la nota interna con vuestro procedimiento y la propia normativa quedan respondidos con la página: administración pregunta cómo se anula una factura o qué hacer con una rectificativa y recibe el párrafo exacto.
- [2]En una asesoría, las dudas que repiten cien clientes se convierten en respuestas verificadas por una socia, con la referencia, que cualquiera del despacho puede dar por teléfono.
- [3]Cuando el fabricante del programa publica una versión nueva del manual, se sube y las respuestas verificadas sobre la anterior se retiran hasta revalidarlas.
Y qué no
Lo que Manual al Instante no hace.
- Manual al Instante no es un sistema informático de facturación y no hace que nadie cumpla Verifactu: eso depende del programa con el que se factura.
- No emite, firma ni envía registros de facturación a la AEAT.
Una pregunta, tal y como se responde
Con el documento que esta norma te obliga a tener.
¿Desde cuándo es obligatorio Verifactu para una sociedad limitada?
Desde el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades [1]; el resto de obligados, desde el 1 de julio de 2027 [2].
- [1]Real Decreto-ley 15/2025 · BOE de 3 de diciembre de 2025
Ejemplo con un manual ficticio
Fuentes